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Corte Suprema

FRAGALE WANDA JOSEFA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO SOBRE LEY 25561

La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar al recurso extraordinario del Estado Nacional y revocó la sentencia que había resuelto la demanda de amparo promovida por una depositante de la ley 25.561 de emergencia, remitiendo al criterio fijado en el precedente Galli y devolviendo la causa para un nuevo pronunciamiento. El ministro Zaffaroni, en disidencia, consideró que el recurso no cumplía el requisito de fundamentación autónoma y lo desestimaría.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 278. XLII. REX
Ley 25.561 Emergencia publica Pesificacion Depositos bancarios Amparo Recurso extraordinario Fundamentacion autonoma Precedente galli Decretos 1570/01 y 214/02 Poder ejecutivo nacional.

¿Quién es el actor?

Wanda Josefa Fragale.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Estado Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo promovido en el marco de la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02, vinculado a la pesificación y restricciones sobre depósitos bancarios.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada, se impusieron las costas por su orden por tratarse de una cuestión jurídica novedosa y se ordenó devolver las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo. El voto de la mayoría se remitió a los fundamentos de la causa "Galli" (Fallos: 328:690), y la jueza Argibay a sus votos en "Galli" y "Argañaraz".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa 'Galli' (Fallos: 328:690), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

"La jueza Argibay remite a sus votos en las causas 'Galli' y 'A.277.XL' 'Argañaraz, Noemí Gladys c/ PEN ley 25.561 dtos. 1570/01 y 214/02 s/ amparo ley 16.986', sentencia del 30 de octubre de 2007."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario no cumple con el requisito de fundamentación autónoma (art. 15 de la ley 48)." Por ello proponía desestimar el recurso extraordinario.

Normas que cita

Fallos que cita

  • GalliCSJN · Fallos 328:690
  • Argañaraz, Noemí Gladys c/ PEN ley 25.561 dtos. 1570/01 y 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 30/10/2007

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