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Corte Suprema

BIANCHI OMAR c/ ANSES s/OTROS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público en el caso Bianchi, y revocó las sentencias apeladas remitiendo a los precedentes Arena, Schiariti e Iglesias en materia de inconstitucionalidad de los artículos 21, 22 y 23 de la ley 24.463 (Solidaridad Previsional) en materia de reajustes jubilatorios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1325. XXXVI. ROR
Reajustes previsionales Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Solidaridad previsional Inconstitucionalidad Articulo 21 Articulos 22 y 23 Anses Recurso ordinario Ministerio publico

¿Quién es el actor?

Omar Bianchi (y, en autos conexos, Gerardo Félix Palermo).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de haberes previsionales; cuestionamiento de la constitucionalidad de los artículos 21, 22 y 23 de la ley 24.463 (Solidaridad Previsional).

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y por el Ministerio Público, y se revocaron las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos de los fallos citados. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitirse por razón de brevedad."

"Que las cuestiones relacionadas con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y por el Ministerio Público y revocar las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos de los fallos citados. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463)."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001

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