BENETTINI PEDRO JOSE c/ LOTERIA NACIONAL S.E. s/LABORAL
Un agente de Lotería Nacional S.E. reclamó salarios caídos tras ser cesado por abandono de trabajo, luego de negarse a reincorporarse a la sede central. La Procuradora General dictaminó que corresponde hacer lugar al recurso extraordinario, revocar la sentencia que había reconocido los haberes y devolver la causa para que se dicte nueva sentencia.
¿Quién es el actor?
Pedro José Benettini.
¿A quién se demanda?
Lotería Nacional Sociedad del Estado (Lotería Nacional S.E.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reconocimiento de los salarios dejados de percibir desde octubre de 1998 hasta la fecha de la demanda (11 de febrero de 2001), ante la imposibilidad de reincorporarse al organismo.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata había revocado la sentencia de primera instancia y hecho lugar a la demanda. El dictamen de la Procuración General propicia hacer lugar al recurso extraordinario, revocar esa sentencia y devolver las actuaciones para que se dicte una nueva conforme a lo expuesto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la intimación a reincorporarse: "la medida dispuesta por la demandada a efectos de dar cumplimiento a la resolución judicial no aparece desprovista de fundamentos en atención a la peculiar situación que se presentó, toda vez que la intimación cursada al actor a fin de que se reintegrara a su función en las oficinas de la sede central -que debe considerarse un acto administrativo pues mediante ella el organismo manifestó su voluntad y produjo efectos jurídicos- no carece de la correspondiente presunción de legitimidad y, en virtud de ello, si el actor consideró que merecía la calificación de arbitrario o ilegítimo, debió acatarlo y prestar los servicios respectivos en el lugar indicado, sin perjuicio de plantear los reclamos y recursos a que se creyere con derecho (Fallos: 271:100; 302:1503)."
Sobre la extinción del vínculo: "las particulares circunstancias que se configuran en el sub lite impiden afirmar que el vínculo laboral no se había extinguido sobre la base de que la demandada debió dictar un acto administrativo que dispusiera el cese."
Antecedentes: en la causa previa se había declarado la nulidad de la cesantía impuesta en un sumario y ordenado la reincorporación más salarios caídos (art. 42, ley 22.140). El actor no revistaba como agente en actividad al producirse la transferencia del personal al Instituto Provincial de Lotería y Casinos bonaerense, y por ello no fue incluido en la nómina.
Se estimó innecesario tratar los agravios sobre las leyes 23.982 y 25.344 de consolidación de deudas.
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Normas que cita
- Ley 22.140arts. 40, 42 · Funcion publica
- Ley 23.982Deuda publica
- Ley 25.344Emergencia economica-financiera
Fallos que cita
- Fallos 271:100CSJN
- Fallos 302:1503CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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