VOTTCHEVITCH ALEJANDRO JOAQUIN c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Corte Suprema admitió los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público y revocó la sentencia apelada, ordenando el reajuste de los haberes jubilatorios de los actores conforme a los precedentes González, Arena, Schiariti, Iglesias y Chocobar. La Corte remitió a sus precedentes en materia de movilidad, inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 y prescripción liberatoria.
¿Quién es el actor?
Alejandro Joaquín Vottchevitch y otros.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad de los haberes jubilatorios.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público, revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de los precedentes citados y ordenó que se practique el reajuste de los haberes de los actores según el alcance fijado en "Chocobar, Sixto Celestino" (Fallos: 319:3241). Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 1°: "las cuestiones relacionadas con la determinación inicial de los haberes de los jubilados y su posterior movilidad resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en Fallos: 323:555, a cuyas consideraciones cabe remitir por razón de brevedad." Se agrega que "El juez Belluscio se remite a su disidencia parcial en Fallos: 319:3241 ('Chocobar, Sixto Celestino')."
Considerando 2°: "los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitir por razón de brevedad."
Considerando 3°: "las cuestiones relacionadas con los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."
Considerando 4°: "los planteos de la demandada respecto de las modificaciones introducidas por la ley 24.463 sobre el cómputo de la prescripción liberatoria -art. 82, ley 18.037- han recibido adecuada respuesta en el precedente de esta Corte G.829.XXXV. 'Giusio, Mauricio c/ANSeS s/reajustes por movilidad' (considerando 4°), fallado con fecha 4 de septiembre de 2001, por lo que deben ser desestimados. El juez Boggiano se remite a su disidencia en el citado precedente."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241
- GonzálezCSJN
- Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001
- SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
- Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
- Giusio, Mauricio c/ANSeS s/reajustes por movilidadCSJN · 04/09/2001
- Fallos 323:555CSJN
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