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Corte Suprema

HOECHST MARION ROUSSEL INC. c/ INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL s/DENEGATORIA DE PATENTE

Hoechst Marion Roussel Inc. promovió demanda contra el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial por la denegatoria de una solicitud de patente. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal (Sala I) revocó la sentencia de grado, declaró la nulidad de la resolución denegatoria y declaró la inconstitucionalidad del artículo 100 del decreto 260/96; el Procurador General dictaminó que corresponde confirmar esa decisión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 128. XXXVII. REX
Patente de invencion Denegatoria de patente Inpi Solicitud divisional Prioridad convencional Adpic Tratado de propiedad intelectual Inconstitucionalidad articulo 100 decreto 260/96 Recurso extraordinario Dictamen procuracion general

¿Quién es el actor?

Hoechst Marion Roussel Inc.

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de la resolución del INPI que denegó la solicitud de patente P 97 01 03215, del 17.07.97, divisional del acta n° 318.958 del 30.01.91, basada en la prioridad de una solicitud norteamericana del 01.02.90.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de grado, hizo lugar a la demanda, declaró la nulidad de la denegatoria y se pronunció por la inconstitucionalidad del artículo 100 del decreto 260/96. Contra esa decisión la demandada interpuso recurso extraordinario. El Procurador General dictamina que corresponde admitir el recurso federal y confirmar la sentencia de la Cámara.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara sustentó su decisión en la normativa de los artículos 65.1, 2 y 4 y 70.1 y 7 del ADPIC y del artículo 100 de la ley 24.481, juzgando el pedido, aunque prematuro, ajustado a los términos del Tratado. El dictamen remite, por analogía sustancial, a lo sostenido en el caso "Pfizer Inc. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente" (dictamen del 15.3.01), cuyos términos y consideraciones se dan por reproducidos en razón de brevedad.

Transcripción textual de la parte relevante del dictamen:

> "En mi opinión, las cuestiones materias de recurso en estos obrados guardan substancial analogía con las examinadas al emitir dictamen en el caso S.C. P. n° 282, L. XXXVI, APfizer Inc. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s./ denegatoria de patente@, del 15.3.01, a cuyos términos y consideraciones corresponde remitir, en todo lo pertinente, en razón de brevedad."

> "Por lo expuesto, opino que corresponde admitir la apelación federal y confirmar la sentencia."

Normas que cita

  • Ley 24.481art. 100 · Patentes de invencion y modelos de utilidad
  • Decreto 260art. 100

Fallos que cita

  • Pfizer Inc. c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patenteCSJN · 15/03/2001

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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