CIRCUS SAN LUIS S.A. c/ E.N.A. Y/O A.F.I.P. s/ORDINARIO
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por la AFIP en el juicio ordinario promovido por Circus San Luis S.A., y revocó la decisión apelada, con costas. Zaffaroni y Argibay votaron en disidencia por declarar mal concedido el recurso.
¿Quién es el actor?
Circus San Luis S.A.
¿A quién se demanda?
E.N.A. y/o A.F.I.P. (Estado Nacional, representado por la AFIP).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
juicio ordinario promovido por la sociedad contra el Estado Nacional y la AFIP (el expediente no detalla en el texto la pretensión concreta).
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional (AFIP) y se revocó la decisión apelada, con imposición de costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la mayoría remite a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal, "cuyos fundamentos son compartidos por el Tribunal, y a los que corresponde remitirse por razones de brevedad". No se transcriben en el fallo otros argumentos.
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48). Por ello, se lo declara mal concedido." Esta postura quedó en minoría y no constituye la decisión del tribunal.
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Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
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