COLEGIO DE FARMACEUTICOS DE TUCUMAN c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA) s/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD
La demandada, la Administración Federal de Ingresos Públicos, dedujo recurso de hecho contra la decisión que rechazó su recurso extraordinario en la causa iniciada por el Colegio de Farmacéuticos de Tucumán. La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la decisión apelada, remitiendo a los fundamentos del precedente Cámara de Comercio e Industria de Santiago del Estero.
¿Quién es el actor?
Colegio de Farmacéuticos de Tucumán.
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (Dirección General Impositiva).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Según surge del expediente de origen, el reclamo se vincula a una cuestión tributaria planteada ante la AFIP-DGI; el fallo no detalla el objeto concreto de la pretensión.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la decisión apelada, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
> "Que las cuestiones debatidas en el sub lite resultan sustancialmente análogas a las planteadas en la causa C.1306.XXXVI. 'Cámara de Comercio e Industria de Santiago del Estero c/ Administración Federal de Ingresos Públicos', pronunciamiento del 16 de abril de 2002. Por lo tanto, al igual que en la sentencia dictada en los mencionados autos, corresponde remitir -en lo pertinente- por razones de brevedad, a los fundamentos del dictamen emitido por el señor Procurador General en tales actuaciones."
La sentencia no contiene argumentación propia: su fundamento consiste en la remisión al precedente citado y al dictamen de la Procuración General allí emitido. No hay votos en disidencia.
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Fallos que cita
- Cámara de Comercio e Industria de Santiago del Estero c/ Administración Federal de Ingresos PúblicosCSJN · 16/04/2002
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