JurisprudenciaARG
Corte Suprema

COLEGIO DE FARMACEUTICOS DE TUCUMAN c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA) s/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD

La demandada, la Administración Federal de Ingresos Públicos, dedujo recurso de hecho contra la decisión que rechazó su recurso extraordinario en la causa iniciada por el Colegio de Farmacéuticos de Tucumán. La Corte hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la decisión apelada, remitiendo a los fundamentos del precedente Cámara de Comercio e Industria de Santiago del Estero.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1041. XXXVII. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Afip Dgi Colegio de farmaceuticos de tucuman Cuestiones analogas Remision a precedente Dictamen de la procuracion general Costas

¿Quién es el actor?

Colegio de Farmacéuticos de Tucumán.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (Dirección General Impositiva).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Según surge del expediente de origen, el reclamo se vincula a una cuestión tributaria planteada ante la AFIP-DGI; el fallo no detalla el objeto concreto de la pretensión.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la decisión apelada, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "Que las cuestiones debatidas en el sub lite resultan sustancialmente análogas a las planteadas en la causa C.1306.XXXVI. 'Cámara de Comercio e Industria de Santiago del Estero c/ Administración Federal de Ingresos Públicos', pronunciamiento del 16 de abril de 2002. Por lo tanto, al igual que en la sentencia dictada en los mencionados autos, corresponde remitir -en lo pertinente- por razones de brevedad, a los fundamentos del dictamen emitido por el señor Procurador General en tales actuaciones."

La sentencia no contiene argumentación propia: su fundamento consiste en la remisión al precedente citado y al dictamen de la Procuración General allí emitido. No hay votos en disidencia.

Fallos que cita

  • Cámara de Comercio e Industria de Santiago del Estero c/ Administración Federal de Ingresos PúblicosCSJN · 16/04/2002

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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