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Corte Suprema

FISCAL s/ROBO AGRAVADO -CAUSA N° 83783-

La Corte Suprema hizo lugar a la queja de la defensa de Darío Emiliano Zuleta Sosa y declaró procedente el recurso extraordinario, por cuanto la cuestión resulta sustancialmente análoga a la resuelta en la causa Salto (Fallos: 329:530). En consecuencia, dejó sin efecto la sentencia apelada y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 1374. XLI. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Cuestion federal Introduccion oportuna de la cuestion federal Queja Remision a precedente Causa salto Abuso sexual agravado Convencion americana sobre derechos humanos Art. 8.2 h Doble conforme

¿Quién es el actor?

Fiscal (Ministerio Público Fiscal).

¿A quién se demanda?

Darío Emiliano Zuleta Sosa y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho deducido por la defensa contra la denegatoria del recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza, en causa penal.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto el pronunciamiento apelado, con devolución al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Mayoría: "Que las cuestiones planteadas en la presente causa resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa S.1482.XLI 'Salto, Rufino Ismael s/ abuso sexual agravado - causa N° 117/04', del 7 de marzo de 2006 (Fallos: 329:530), por lo que a fin de evitar reiteraciones innecesarias los infrascriptos dan por reproducidos los respectivos votos concurrentes que corresponden al citado pronunciamiento, así como las remisiones que, en su caso, se efectuaron en dicho acuerdo."

¿Cómo votaron los jueces?

"La cuestión federal debe ser introducida en el juicio en oportunidad que habilite al tribunal superior de la causa pronunciarse sobre aquélla (doctrina de Fallos: 23:249; 75:183; 94:95; 99:231; 102:87; 104:146 y 407; 107:273; 147:371, entre muchos otros)."

¿Cómo votaron los jueces?

"En el caso, el recurso extraordinario no contiene planteo constitucional alguno que deba ser tratado en esta instancia, y tal defecto no puede ser subsanado en la queja, oportunidad en que la defensa invoca de modo manifiestamente tardío, una posible afectación al art. 8.2 h. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos."

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

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