BAYER AKTIENGESELLSCHAFT c/ INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL s/DENEGATORIA DE PATENTE
La Procuración General de la Nación dictaminó que corresponde declarar procedente el recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia que confirmó la inconstitucionalidad del artículo 100 del decreto 260/96 y revocó la denegatoria de la patente P 98 01 01175 dictada por el INPI. El dictamen sostiene que la solicitante no cumple los requisitos del artículo 70.8 del Acuerdo sobre los ADPIC ni del artículo 100 del decreto 260/96, por lo que propone revocar la sentencia apelada.
Actor (recurrente en el sentido de la solicitud): Bayer Aktiengesellschaft.
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
denegatoria de la solicitud de patente P 98 01 01175 del 16.03.98, relativa a compuestos farmacéuticos, divisional de otra del 07.01.93, con prioridad internacional de solicitudes alemanas del 10.01.92 y 19.03.92.
¿Qué se resolvió?
el dictamen de la Procuración General propone declarar procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal (Sala 2). Se trata de una opinión del Ministerio Público, no de una decisión de la Corte. Cabe aclarar que la Cámara había confirmado la declaración de inconstitucionalidad del artículo 100 del decreto 260/96 y revocado la denegatoria del INPI.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A mi juicio y como tuve ocasión de señalarlo recientemente al emitir dictamen en autos S.C. E. 11, L. XXXVIII, 'Eli Lilly and Company c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente', análogos al presente, las cuestiones materia de recurso en los obrados guardan identidad substancial con las examinadas en la causa S.C. P. n° 282, L. XXXVI, 'Pfizer Inc. c/ Instituto Nacional de Propiedad Industrial s/ denegatoria de patente', fallo del 21.05.02".
"...la actora, que reivindica la prioridad de una solicitud compleja del 07 de enero de 1993 e invoca una prioridad del Convenio de París del 10 de enero y 19 de marzo de 1992, no satisface las condiciones previstas en el artículo 70.8 del Acuerdo sobre los ADPIC, ni las del artículo 100 del decreto n° 260/96, reglamentario de la ley n° 24.481..."
La Procuración considera innecesario analizar los restantes agravios, en particular los de la impugnación de la actora, por haberse tornado abstractos.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.481arts. 100, 101, 102 · Patentes de invencion y modelos de utilidad
- Decreto 260/96art. 100
- ADPIC (Internacional)arts. 65, 70.1, 70.8
- Convenio de París (Internacional)
Fallos que cita
- Eli Lilly and Company c/ Instituto Nacional de la Propiedad Industrial s/ denegatoria de patenteCSJN
- Pfizer Inc. c/ Instituto Nacional de Propiedad Industrial s/ denegatoria de patenteCSJN · 21/05/2002
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.