JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ROUTUROU ROLANDO c/ MICRO OMNIBUS NORTE S.A Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN.C/LES.O MUERTE)

La Corte Suprema, por mayoría, revocó la sentencia de la Cámara en una demanda por daños derivados de un accidente de tránsito contra un microómnibus y su aseguradora. Resolvió que la franquicia prevista en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado y que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites de la contratación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 133. XLIV. REX
Seguro de responsabilidad civil Franquicia Oponibilidad al tercero damnificado Accidente de transito Limites de la contratacion Recurso extraordinario Ley 48 art. 16 Microomnibus Danos y perjuicios.

¿Quién es el actor?

Rolando Routurou.

¿A quién se demanda?

Microómnibus Norte S.A. y otros, y La Economía Comercial S.A. de Seguros Generales (aseguradora, recurrente en la instancia extraordinaria).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito con lesiones o muerte.

¿Qué se resolvió?

la mayoría declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la decisión apelada y admitió que la franquicia contractual es oponible al tercero damnificado, de modo que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites del contrato (art. 16, segunda parte, ley 48). Costas por el orden causado en la forma indicada (con costas, según el fallo).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal remite a las consideraciones de Fallos 329:3054 y 3488 y de las causas Cuello, Obarrio, Gauna y Villarreal, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Transcripción textual: "Que los agravios de la recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en Fallos: 329:3054 y 3488... cuyas consideraciones se dan por reproducidas." La jueza Argibay se remitió a su disidencia en la última causa citada, por lo que su postura no integra la decisión mayoritaria.

Normas que cita

  • Constitución Nacional
  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.