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Corte Suprema

DIRECCION DE ENERGIA DE JUJUY c/ INGENIO LA ESPERANZA S.A. Y OTRO s/INCIDENTE

Se promovió recurso de queja contra la providencia que exigió la presentación de copias conforme al art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, con planteo de nulidad por una supuesta notificación apócrifa. La Corte Suprema rechazó el planteo de nulidad, al considerar que tales providencias se notifican por ministerio de la ley y que la queja se encontraba en letra durante el período informado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 337. XXXVII. RHE
Recurso de queja Nulidad de notificacion Art. 285 cpccn Notificacion por ministerio de la ley Providencia de exigencia de copias Notificacion por cedula Letra Plazo Recurso de hecho Corte suprema

Actor/Quejoso: Dirección de Energía de Jujuy (parte recurrente).

Demandado/Contraparte: Ingenio La Esperanza S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho interpuesto por la Dirección de Energía de Jujuy, en el que se planteó la nulidad de la notificación de la providencia de fs. 111, alegando que el "notifíquese" había sido añadido y testado de manera apócrifa, por lo que correspondía una notificación por cédula.

¿Qué se resolvió?

La Corte rechazó el planteo de nulidad articulado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las providencias que exigen la presentación de copias en virtud de lo normado en el art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación se notifican por ministerio de la ley (Fallos: 303:374, 1236; 310:1475; 311:867, 1960, entre otros) y, por ende, no correspondía la notificación por cédula que pretende el recurrente con fundamento en el 'notifíquese' que fue apócrifamente añadido y testado en el auto de fs. 111."

"Que, por otra parte, la presente queja -contrariamente a lo que afirma el peticionario- se encontró en letra durante el período de que da cuenta el informe de fs. 125."

"Por ello, no cabe hacer lugar al planteo de nulidad articulado."

Normas que cita

  • CPCCNart. 285 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Fallos 303:374CSJN
  • Fallos 310:1475CSJN
  • Fallos 311:867CSJN

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