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Corte Suprema

CANDIA ARIEL c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema hizo lugar a los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas en reclamos por la conversión a pesos de depósitos bancarios en dólares (pesificación). Reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual, remitiendo a los precedentes Massa y Kujarchuk.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 257. XLI. RHE
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Emergencia economica Ley 25.561 Cer Intereses Reintegro de depositos Amparo Contrato de deposito Poder ejecutivo nacional

¿Quién es el actor?

Ariel Candia y otros depositantes (causas acumuladas, entre ellas Chevallier, Certeza Compañía de Seguros, Penic, Lopez, Vazquez, Taichure, entre otras).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de restitución de depósitos bancarios en dólares convertidos a pesos por la normativa de emergencia (Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02).

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Declaró el derecho de los actores a obtener el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER, más intereses del 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas ya abonadas en el pleito y en cumplimiento de cautelares. Limitó el reconocimiento al monto resultante de lo decidido por la cámara y excluyó los supuestos en que la obligación se hubiera extinguido por canje por bonos o aplicación del importe a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado. Ordenó devolver las actuaciones a primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite a los fundamentos y conclusiones de "Massa" (Fallos 329:5913, sentencia del 27/12/2006) por ser las cuestiones sustancialmente análogas, y a lo sostenido por el juez Fayt en "Piriz" (Fallos 330:331). Remite también a la causa "Kujarchuk" (K.90.XLIII, sentencia del 28/08/2007) para el modo de computar los pagos a cuenta. El texto de la sentencia dice expresamente que las consideraciones se encuentran en el precedente citado, sin transcribir fundamentos propios extensos.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · 06/03/2007 · Fallos 330:331
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/PENCSJN · 28/08/2007

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