MEDBEDIOFF LEONOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Una beneficiaria de la seguridad social reclamó el reajuste de su haber previsional desde abril de 1995 hasta fines de 2006 contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos ordinarios, confirmó la sentencia con remisión a los precedentes Badaro y Spitale, y revocó en cuanto al porcentaje de quita de la prestación, rechazando el resto de los agravios.
¿Quién es el actor?
Leonor Medbedioff.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional, con incidencia de la ley de convertibilidad en la movilidad prevista por la ley 18.037, en el período comprendido entre abril de 1995 y fines de 2006.
¿Qué se resolvió?
se declararon parcialmente procedentes los recursos ordinarios; se confirmó la sentencia apelada con el alcance fijado en la causa "Spitale" (tasa pasiva de interés); se revocó la sentencia en cuanto al punto 4 (quita del 10% del haber, por consentimiento de la actora) y se ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 2° de la ley 26.153, con movilidad según el índice de "Badaro", salvo que los decretos del Poder Ejecutivo arrojaran una prestación superior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"los agravios de la titular atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en la causa B.675.XLI 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios'".
"la pretensión de la demandante de que se sustituya el índice legal por uno combinado de costo de vida y salario de peón industrial carece de fundamento, pues el recurrente no ha demostrado el perjuicio actual y concreto que la aplicación del índice del nivel general de remuneraciones podría ocasionar en su prestación".
"el planteo de inconstitucionalidad de la ley 25.344 ... ha sido formulado de manera genérica, sin alegar un daño específico que justifique la inaplicabilidad de sus previsiones".
"las objeciones de la titular respecto de la inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 deben ser rechazadas pues son el fruto de una reflexión tardía, toda vez que la cuestión no ha sido introducida en forma debida en la primera oportunidad procesal".
"los restantes agravios del organismo previsional no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada por lo que carecen del requisito de fundamentación".
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Normas que cita
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 19, 21, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153arts. 2, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344Emergencia economica-financiera
Fallos que cita
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeSCSJN · 08/08/2006
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeSCSJN · 26/11/2007
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- PellegriniCSJN · Fallos 329:5525
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