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Corte Suprema

CAU FRANCESCA DE ZEDDA c/ ESTADO NACIONAL s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas en los amparos promovidos por depositantes contra la pesificación dispuesta por la Ley 25.561. Reconoció a los actores el derecho a obtener el reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustado por CER, más intereses del 4% anual, con deducción de los pagos ya efectuados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 3437. XLII. REX
Pesificacion Depositos en dolares Ley 25.561 Decreto 214/02 Cer Amparo colectivo de depositantes Intereses 4% anual Recurso extraordinario Massa Restitucion de depositos bancarios.

¿Quién es el actor?

Cau Francesca de Zedda y los demás depositantes agrupados en el expediente (numerosos amparistas).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional) y, en cada caso, la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la conversión a pesos de depósitos en dólares dispuesta por la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios (1570/01 y 214/02), y reclamo del reintegro de los depósitos.

¿Qué se resolvió?

Se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se declara el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro del depósito convertido a pesos a razón de $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas ya abonadas. Se excluyen los supuestos de canje por bonos o de aplicación del importe a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La decisión remite, "por razón de brevedad", a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa" (Fallos: 329:5913, sentencia del 27 de diciembre de 2006), por considerar que las cuestiones planteadas son "sustancialmente análogas". El juez Fayt se remite asimismo a su voto en la causa "Piriz" (6 de marzo de 2007). La Corte aclara que el reconocimiento del derecho se efectúa "con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara" y con exclusión de los supuestos de extinción de la obligación por canje o aplicación del importe a fines específicos. Asimismo, fundamenta el procedimiento de devolución directa por la "excepcional situación suscitada en esta clase de causas" y la publicación del precedente en la página web del Tribunal.

Normas que cita

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN Ley 25.561 dtos. 1570/01 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 28/08/2007
  • Piriz, María Marcela c/ P.E.N. - ley 25.561 dtos. 1570/01, 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 06/03/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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