JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LOPEZ MONICA ALICIA Y OTRAS c/ FUERZA AEREA ARGENTINA s/SUMARIO

La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada en el caso de la demanda por daños contra el Estado Nacional (F.A.A.), por mayoría de cinco ministros. El Dr. Vázquez votó en disidencia y propuso dejar sin efecto la sentencia para que se dicte nuevo fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 388. XXXVII. REX
Recurso extraordinario Sentencia analoga Estado nacional Fuerza aerea argentina Proceso sumario Costas Disidencia Remision a precedente Causa cabello Procedencia formal.

¿Quién es el actor?

Mónica Alicia López y otras.

¿A quién se demanda?

F.A.A. (Estado Nacional - Fuerza Aérea Argentina).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo en el marco de un proceso sumario, cuyo detalle no surge del fragmento transcripto.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró formalmente procedente el recurso extraordinario de fs. 296 bis/309 y confirmó la sentencia apelada, con costas. La disidencia del Dr. Vázquez propuso, en cambio, declarar procedente el recurso, dejar sin efecto la sentencia y devolver los autos para que se dicte nuevo fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la cuestión planteada es sustancialmente análoga con la debatida y resuelta en la causa C.699.XXXVII, 'Cabello, Nancy Mónica y otro c/ Est. Nac. (F.A.A.) s/ sumario', fallada en la fecha."

Por mayoría: "Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se declara formalmente procedente el recurso extraordinario de fs. 296 bis/309 y se confirma la sentencia apelada. Con costas."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que la cuestión planteada es sustancialmente análoga a la debatida y resuelta en la fecha, en la causa C.699.XXXVII 'Cabello, Nancy Mónica y otros c/ Est. Nac. (F.A.A.) s/ sumario', voto del juez Vázquez. Por ello, habiendo dictaminado el señor Procurador General, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo fallo con arreglo a lo que aquí se decide."

El fragmento no contiene los considerandos de fondo del caso análogo (C.699.XXXVII), por lo que los fundamentos sustanciales no pueden transcribirse de este documento.

Fallos que cita

  • Cabello, Nancy Mónica y otro c/ Est. Nac. (F.A.A.) s/ sumarioCSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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