JurisprudenciaARG
Corte Suprema

TORO RAIMUNDO HERMENEGILDO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio por movilidad, con relación al método y extensión de la movilidad posterior a la ley de convertibilidad. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios y revocó parcialmente las sentencias apeladas, con el alcance fijado en el precedente Heit Rupp, Clementina, sin imponer costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 319. XXXV. ROR
Movilidad jubilatoria Ley de convertibilidad Reajuste previsional Haber jubilatorio Anses Recurso ordinario Heit rupp Ley 24.463 Costas Seguridad social

¿Quién es el actor?

Raimundo Hermenegildo Toro.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes de su haber previsional por movilidad.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos y revocó parcialmente las sentencias apeladas con el alcance que surge del fallo "Heit Rupp, Clementina". Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463). Se ordenó practicar la comunicación a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El planteo del actor relacionado con el método y extensión de la movilidad después de la entrada en vigencia de la ley de convertibilidad encuentra adecuada respuesta en lo resuelto por la mayoría del Tribunal en los precedentes publicados en Fallos: 319:3241; 323:555 y en la causa L.334.XXXIV. 'Lopardo, Carmelo Rafael c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 27 de noviembre de 2000, a cuyas consideraciones, en lo pertinente cabe remitir."

"Los agravios de la demandada resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por esta Corte en Fallos: 322:2226 'Heit Rupp, Clementina', cuyas consideraciones se dan por reproducidas brevitatis causa."

"Las restantes objeciones no guardan relación con lo decidido en la sentencia apelada ya que ésta no se apartó de la movilidad establecida en el precedente de Fallos: 319:3241, sino que la aplicó desde la fecha del otorgamiento del beneficio -octubre de 1993- hasta la entrada en vigencia de la ley 24.463."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Heit Rupp, ClementinaCSJN · Fallos 322:2226
  • Lopardo, Carmelo Rafael c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/11/2000
  • Fallos 319:3241CSJN
  • Fallos 323:555CSJN

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