BRUSAURO EZEQUIEL OMAR s/CAUSA N° 7120
La Corte Suprema admitió la queja interpuesta por la defensa de Ezequiel Omar Brusauro, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto en la causa Acosta. Los jueces Petracchi y Argibay votaron en disidencia por desestimar la queja.
Actor/Recurrente: Ezequiel Omar Brusauro, por intermedio del defensor oficial.
Demandado/Parte contraria: Estado nacional (Ministerio Público/causa penal, Tribunal Oral en lo Criminal de Santa Fe y Cámara Nacional de Casación Penal, Sala III).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho contra la denegación del recurso extraordinario federal interpuesto contra la sentencia de casación en la causa N° 7120.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que resulta aplicable al caso, en lo pertinente, lo resuelto en la causa A.2186.XLI 'Acosta, Alejandro Esteban s/ infracción ley 23.737' (resuelta el 23 de abril de 2008), a cuyos términos corresponde remitirse en razón de la brevedad."
"Por ello, y habiendo dictaminado el señor Procurador Fiscal, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 23.737Modificacion al codigo penal
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Acosta, Alejandro Esteban s/ infracción ley 23.737CSJN · 23/04/2008
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.