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Corte Suprema

RODRIGUEZ PALLASA MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema revocó la sentencia apelada en el reclamo de reajuste por movilidad de un jubilado contra la ANSeS. El Tribunal remitió a los fundamentos de los precedentes Schiariti, Iglesias y Arena sobre la inconstitucionalidad de los artículos 21, 22 y 23 de la ley 24.463, y desestimó los agravios sobre prescripción por no hacerse cargo de la decisión apelada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 273. XXXVI. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste previsional Inconstitucionalidad Ley 24.463 Articulo 21 ley 24.463 Articulos 22 y 23 ley 24.463 Prescripcion liberatoria Anses Schiariti Recurso ordinario

¿Quién es el actor?

Manuel Rodríguez Pallasa.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario y se revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en los precedentes "Schiariti", "Iglesias" y "Arena"; costas por su orden (art. 21, ley 24.463); se ordenó comunicar a la Procuración del Tesoro (art. 6° de la ley 25.344).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "las cuestiones relacionadas con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

Considerando 2°: "los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 han sido examinados y resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitir por razón de brevedad."

Considerando 3°: el a quo declaró el derecho del actor a percibir el reajuste sin el límite del art. 82 de la ley 18.037 porque el organismo no opuso prescripción al contestar la demanda; "Los agravios formulados por la demandada no guardan relación con tal decisión... por lo que deben ser desestimados."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera

Fallos que cita

  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001

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