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Corte Suprema

TASSISTRO EDUARDO VIRGILIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio por movilidad y la inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463 y del artículo 21 de la ley de Solidaridad Previsional. La Corte Suprema declaró desierto el recurso de la ANSeS, admitió el del Ministerio Público y revocó la sentencia apelada, remitiendo a los precedentes Schiariti, Iglesias y Arena.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 148. XXXVII. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Ley 24.463 Articulos 22 y 23 Ley de solidaridad previsional Articulo 21 Inconstitucionalidad Recurso ordinario Anses Ministerio publico.

¿Quién es el actor?

Eduardo Virgilio Tassistro.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber jubilatorio por movilidad.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró desierto el recurso ordinario de la ANSeS, declaró procedente el deducido por el Ministerio Público y revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos de los precedentes citados. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios del Ministerio Público relacionados con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinados y resueltos por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"Los agravios del Fiscal vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitir por razón de brevedad."

"Los agravios de la ANSeS suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en Fallos: 323:3135, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 22, 23, 21 · Solidaridad previsional
  • Ley Solidaridad Previsionalart. 21

Fallos que cita

  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001
  • Fallos 323:3135CSJN

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