GARCIA ANDRES c/ ANSES s/S/ REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario de la actora y revocó la sentencia apelada en el reajuste de haberes previsionales, ordenando que la movilidad del período 1995-2006 se practique conforme al índice fijado en el precedente Badaro, descontando los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo cuando resulten superiores. Asimismo, dejó sin efecto el pronunciamiento de fs. 131/132 respecto de la presente causa, por haber sido incluida por error en el listado de causas.
¿Quién es el actor?
Andrés García.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de la prestación previsional, en particular la movilidad de haberes solicitada desde abril de 1995 hasta fines de 2006.
¿Qué se resolvió?
se dejó sin efecto, respecto de esta causa, el pronunciamiento de fs. 131/132; se declaró procedente el recurso extraordinario de la actora; se revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en el fallo y en el precedente "Sánchez"; y se dispuso que la movilidad del período indicado se practique según el índice del precedente "Badaro", salvo que los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo en igual período arrojen una prestación superior, caso en el cual deberá estarse a ese resultado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el pedido de revocatoria deducido por el actor, que se refiere a que en el listado de causas contenido en la sentencia dictada por esta Corte a fs. 131/132 se ha incluido por error a la presente, resulta procedente ya que los expedientes resueltos corresponden a recursos presentados por la demandada."
"Que, al respecto, las objeciones de la peticionaria relacionadas con la incidencia de la ley 23.928 sobre la prestación, suscitan el examen de cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en el precedente 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
"Que los agravios de la titular atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
Fallos que cita
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.