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Corte Suprema

POSTIGLIONE ROBERTO c/ GOBIERNO DE LA NACION s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

El actor interpuso demanda contra el Gobierno de la Nación reclamando la aplicación de la movilidad previsional prevista en el art. 7°, inc. 2°, de la ley 24.463. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y ordenó practicar la movilidad conforme al índice fijado en el precedente Badaro, descontando los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo si la prestación resultante fuera superior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 434. XLIV. REX
Movilidad previsional Ley 24.463 Art. 7? inc. 2? Recurso extraordinario Precedente badaro Haber jubilatorio Actualizacion previsional Decretos del poder ejecutivo Costas Seguridad social

¿Quién es el actor?

Roberto Postiglione.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Nación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de la prestación previsional conforme al método de movilidad del art. 7°, inc. 2°, de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

declarar procedente el recurso extraordinario interpuesto por el actor; disponer que la movilidad por el lapso indicado en el fallo "Badaro" se practique según el índice allí fijado, salvo que los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo en igual período arrojen una prestación superior, caso en el cual deberá estarse a su resultado; imponer las costas a la demandada (art. 14, ley 16.986).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios atinentes al método de movilidad previsto por el art. 7°, inc. 2°, de la ley 24.463 resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en el precedente 'Badaro' (Fallos: 329:3089 y 330:4866), a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."

Normas que cita

Fallos que cita

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