ACUÑA TERESA PILAR c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por la ANSeS en un conjunto de reclamos de reajuste previsional. Revocó las sentencias apeladas remitiendo, por razones de brevedad, a los fundamentos del precedente Norma Gloria c/ ANSeS respecto de la pauta de movilidad aplicable al período 1995-1997.
¿Quién es el actor?
Teresa Pilar Acuña y otros (conjunto de más de cien causas acumuladas por ANSeS contra jubilados y pensionados).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes de haberes previsionales, en particular la pauta de movilidad aplicada entre 1995 y 1997.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar parcialmente a los recursos extraordinarios de la ANSeS y se revocaron las sentencias apeladas, con el alcance fijado en el precedente "Norma Gloria c/ ANSeS". Las restantes objeciones del recurso fueron declaradas inadmisibles (art. 280 CPCCN).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la ANSeS relacionados con la pauta de movilidad fijada para el período comprendido entre 1995 y 1997 resultan sustancialmente análogos a los analizados y resueltos por el Tribunal en la causa D.1139.XLII 'Norma Gloria c/ ANSeS s/ reajustes varios', votos concurrentes, fallada con fecha 16 de septiembre pasado, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad." "Que las restantes objeciones esgrimidas en el recurso extraordinario son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Norma Gloria c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 16/09/2008
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