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Corte Suprema

MASCIOTRA JUAN ANTONIO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL s/ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD Y MEDIDA CAUTE LAR

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas en las acciones de amparo promovidas por ahorristas contra el Estado Nacional por el corralito. Reconoció a los depositantes bancarios el reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar ajustado por CER con intereses del 4% anual, y rechazó la demanda respecto de los fondos comunes de inversión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 2054. XLII. REX
Corralito Pesificacion Depositos bancarios Fondos comunes de inversion Emergencia economica Ley 25.561 Decreto 1570/01 Cer Amparo Intereses 4% anual

¿Quién es el actor?

Juan Antonio Mascitra y otros; María del Valle Dedominici; Amanda Ester Di Geso y otro; Eduardo Fabián García (ahorristas).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional), en relación con las normas de emergencia económica (Ley 25.561 y decretos 1570/01 y 214/02).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios y de cuotas de fondos comunes de inversión, afectados por la pesificación y las restricciones de disponibilidad.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. En cuanto a los fondos comunes de inversión, se rechazó la demanda según lo resuelto en "Mata Peña". En cuanto a los depósitos bancarios, de acuerdo con "Massa", se reconoció el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de sus depósitos convertidos en pesos a $1,40 por dólar ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta lo abonado en el juicio y en cumplimiento de cautelares. Se excluyen los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o por aplicación de los fondos a fines específicos. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite, por razones de brevedad, a los fundamentos de los precedentes "Massa" (27/12/2006), "Piriz" (voto del juez Fayt, 06/03/2007), "Mata Peña" (11/12/2007) y "Kujarchuk" (28/08/2007), cuyos textos se encuentran publicados en la página web del Tribunal. Cita textual: "en lo relativo a los depósitos bancarios, las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986'". Se dispuso devolver las actuaciones directamente a los juzgados de primera instancia por la excepcionalidad de la situación.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ PEN s/ amparoCSJN · 27/12/2006
  • Piriz, María Marcela c/ PEN s/ amparoCSJN · 06/03/2007
  • Mata Peña, José Rafael y otro c/ Estado Nacional s/ amparoCSJN · 11/12/2007
  • KujarchukCSJN · 28/08/2007

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