JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GARRIGOS JULIO CESAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Un jubilado reclamó el reajuste de su haber previsional por la aplicación de la movilidad de la ley 18.037 frente a la ley 23.928 y cuestionó una quita porcentual y la tasa de interés aplicada por la ANSeS. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada en cuanto a la quita porcentual, confirmó el criterio sobre intereses y remitió a los precedentes Sánchez y Pellegrini.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 432. XL. ROR
Movilidad previsional Ley 18.037 Ley 23.928 Reajuste de haberes Quita porcentual Tasa pasiva de interes Recurso ordinario Precedente sanchez Precedente pellegrini Precedente spitale

¿Quién es el actor?

Julio César Garrigos.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios del haber previsional, en particular la movilidad establecida por la ley 18.037 frente a la entrada en vigencia de la ley 23.928, la aplicación de una quita porcentual sobre la prestación y la tasa pasiva de interés.

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente el recurso ordinario del actor y parcialmente procedente el de la demandada. Se revocó la sentencia apelada en cuanto a la quita porcentual, con el alcance de los precedentes "Sánchez" y "Pellegrini", y se confirmó lo resuelto respecto de los intereses según el precedente "Spitale".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "el planteo del actor referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037 guarda sustancial analogía con el examinado por el Tribunal en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."

Considerando 3°: "las objeciones del jubilado referentes a la aplicación de una quita porcentual en el haber de la prestación, suscitan el examen de cuestiones que han sido resueltas en el precedente 'Pellegrini' (Fallos: 329:5525), por lo que corresponde revocar la sentencia apelada con dicho alcance."

Considerando 4°: "los planteos del organismo previsional relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale', publicado en Fallos: 327:3721, al que cabe remitir. Las restantes críticas esgrimidas por la ANSeS deben ser desestimadas pues no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • PellegriniCSJN · Fallos 329:5525
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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