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Corte Suprema

TURISMO VELARDEZ DE LAURA VELARDEZ c/ A.F.I.P. s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario federal interpuesto por la AFIP y revocó la sentencia que había admitido el amparo de un operador turístico contra la misma agencia. Rechazó la acción por remisión a los fundamentos del precedente Cámara de Comercio, Industria y Producción c/ AFIP, resuelto el 16 de abril de 2002.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 273. XXXVIII. REX
Amparo Recurso extraordinario Afip Remision a precedente Camara de comercio industria y produccion Rechazo de amparo Ley 48 Costas Corte suprema Actos de la afip.

¿Quién es el actor?

Turismo Velárdez de Laura Velárdez.

¿A quién se demanda?

A.F.I.P. (Administración Federal de Ingresos Públicos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de amparo promovida por la empresa de turismo contra la AFIP, en una causa cuyas cuestiones son sustancialmente análogas a las debatidas en el precedente C.1326 XXXVI, "Cámara de Comercio Industria y Producción c/ AFIP s/ amparo".

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se rechazó la acción de amparo, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones debatidas en el sub lite resultan sustancialmente análogas a las planteadas en la causa C.1326 XXXVI 'Cámara de Comercio Industria y Producción c/ Administración Federal de Ingresos Públicos s/ amparo', fallada en 16 de abril de 2002. Por lo tanto, al igual que en la sentencia dictada en la mencionada causa, corresponde remitir -en lo pertinente- por razones de brevedad, a los fundamentos del dictamen emitido por el señor Procurador General en tales actuaciones."

La sentencia es breve y no desarrolla fundamentos propios: la solución se apoya íntegramente en la remisión al precedente citado. Al ser una decisión unánime de los siete ministros, no hay votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 (segunda parte) · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Cámara de Comercio Industria y Producción c/ AFIP s/ amparoCSJN · 16/04/2002

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