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Corte Suprema

AGRESTI HECTOR Y OTROS c/ SINDICATO DE ACCIONISTAS DEL PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA DE TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Los actores promovieron proceso de conocimiento contra el Sindicato de Accionistas del Programa de Propiedad Participada de Telefónica de Argentina S.A. y otro. La Corte Suprema hizo lugar a las quejas, declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos de la causa Sigurani.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1034. XLII. RHE
Recurso extraordinario Recurso de queja Programa de propiedad participada Telefonica de argentina Sindicato de accionistas Remision de fundamentos Proceso de conocimiento Dejar sin efecto sentencia Costas Devolucion de autos.

¿Quién es el actor?

Héctor Agresti y otros (las actoras en los expedientes acumulados).

¿A quién se demanda?

Sindicato de Accionistas del Programa de Propiedad Participada de Telefónica de Argentina S.A. y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

proceso de conocimiento; el fallo no detalla la pretensión sustancial, que surge de la causa "Sigurani" a la que remite.

¿Qué se resolvió?

se hace lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios, se dejan sin efecto las sentencias apeladas con el alcance indicado, con costas (art. 68 CPCCN), y se devuelven los autos al tribunal de origen para que se dicten nuevos fallos conforme al presente. Las quejas se agregan a los principales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas por los apelantes guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la fecha en la causa S.1076.XLII. 'Sigurani, Ángel Luis y otros c/ Sindicado de Accionistas del Programa de Propiedad Participada de Telefónica de Argentina s/ proceso de conocimiento', a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, a fin de evitar repeticiones innecesarias." El fallo no contiene fundamentación propia adicional; la solución se apoya en la remisión a "Sigurani" y en el dictamen del Procurador General. No se registran votos en disidencia.

Normas que cita

  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Sigurani, Ángel Luis y otros c/ Sindicato de Accionistas del Programa de Propiedad Participada de Telefónica de ArgentinaCSJN · 04/11/2008

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