JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RAMIREZ LAURA ADRIANA c/ ESTADO NACIONAL- MINISTERIO DE DEFENSA- EMGE s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La actora, personal civil de inteligencia del Ejército, reclamó que el suplemento por inestabilidad de residencia se le abonara en su totalidad y no en el 50% otorgado a los solteros sin cargas de familia. La Procuración General sostuvo que no se demostró la arbitrariedad de la distinción por estado civil y propuso confirmar la sentencia que revocó la incorporación del 100%.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 642. XLIII. REX
Inestabilidad de residencia Personal civil de inteligencia Igualdad ante la ley Estado civil Cargas de familia Suplemento remunerativo Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Procuracion general Razonabilidad

¿Quién es el actor?

Laura Adriana Ramírez.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Defensa - EMGE).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se abone la totalidad de la asignación "inestabilidad de residencia" y no el 50%, y que se declare la inconstitucionalidad de los decretos 628/92, 2701/93 y 2533/91 en cuanto distinguen entre solteros y casados.

¿Qué se resolvió?

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia de primera instancia en cuanto disponía incorporar al haber el 100% de las asignaciones otorgadas al 50%. Reconoció el carácter general y salarial de la compensación, pero entendió que la actora no formuló un planteo suficientemente concreto de inconstitucionalidad respecto de la distinción entre solteros y casados.

Recurso extraordinario: La actora sostiene que la arbitrariedad no surge del estado civil sino de que los suplementos sean generales o particulares; que, al reconocérseles carácter de sueldo, deben otorgarse por igual (principio de igual remuneración por igual tarea); y que se violan las leyes 19.373 y 19.101 (art. 54).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "...el fundamento que aquélla emplea para sustentar la supuesta inconstitucionalidad de las normas que lo establecieron se centra en el carácter remunerativo que al suplemento en cuestión reconoció V. E. en los precedentes que cita."

> "...de lo sostenido en esos mismos precedentes surge que la determinación del monto, en el caso del porcentaje, de los suplementos que se abone al personal militar o, como en el sub lite, civil de inteligencia, el Poder Ejecutivo cuenta con la razonable amplitud de criterio que le acuerdan las normas legales."

> "...no da sustento a la inconstitucionalidad de la norma el carácter remunerativo que V. E. acordó jurisprudencialmente al citado suplemento sino que la actora debió demostrar por qué era arbitraria la distinción entre solteros y casados para establecer el porcentaje de aquél..."

> "...de los considerandos del decreto 2000/91 se desprende que existen razones para establecer la diferenciación cuestionada... la situación que genera la inestabilidad compensada por el suplemento en cuestión es más gravosa para quienes cuentan con cargas de familia que para quienes no cuentan con ellas."

El dictamen concluye en declarar admisible el recurso extraordinario y confirmar la decisión apelada.

Normas que cita

Fallos que cita

  • AebertCNCont.Adm.Fed. (Cámara, plenario) · 20/03/1997
  • FrancoCSJN
  • CorbaniCSJN

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