SCORZA HUGO ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio, cuestionando la determinación del haber inicial y la constitucionalidad de los arts. 21, 22, 23, 49 y 53 de las leyes 24.463 y 18.037. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios, revocó parcialmente la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social remitiéndose a los precedentes Sánchez y Monzo, y ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Hugo Orlando Scorza.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes jubilatorios (determinación del haber inicial, actualización de remuneraciones, inconstitucionalidad de los arts. 49 y 53 de la ley 18.037 y del art. 21 de la ley 24.463, y tratamiento de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463).
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios del actor y de la demandada, revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en "Sánchez" y "Monzo", la confirmó según lo expuesto en "Flagello" y ordenó el cumplimiento en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "las objeciones del titular vinculadas con la determinación del haber inicial y con la necesidad de revisar el criterio fijado en el fallo 'Chocobar', suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en los precedentes 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833) y 'Monzo' (Fallos: 329:3211), por lo que deberá estarse a lo allí resuelto."
Considerando 3°: "el actor no ha demostrado el gravamen producido por los arts. 49 y 53 de la ley 18.037 cuya inconstitucionalidad plantea, lo que deja sin fundamento a la tacha mencionada, máxime cuando la solución dispuesta por el a quo no se basa en la utilización de coeficientes sino en la aplicación estricta del índice del nivel general de las remuneraciones. Tampoco se ha probado la incidencia del sistema de haberes máximos, por lo que su cuestionamiento resulta prematuro (conf. causa 'Panizza', Fallos: 326:216)."
Considerando 4°: los agravios vinculados con la constitucionalidad del art. 21 de la ley 24.463 "guardan sustancial analogía con cuestiones que han sido tratadas por el Tribunal en la causa F.444.XXXVIII 'Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripción' ... a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."
Considerando 5°: "resulta abstracto el tratamiento de los planteos de actor y demandada que se refieren a los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, pues el art. 23 mencionado ha quedado derogado según lo dispuesto por la ley 26.153, y el cumplimiento de esta sentencia ... deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21, ley 26.153)."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037arts. 49, 53 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.153arts. 21, 23 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- MonzoCSJN · Fallos 329:3211
- ChocobarCSJN
- PanizzaCSJN · Fallos 326:216
- FlagelloCSJN · 20/08/2008
- López, Juan CarlosCSJN · 11/11/2008
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