SCIAMMARELLA MIGUEL EUGENIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber previsional por movilidad, con cuestionamientos vinculados a la vigencia de la ley 23.928 y a la movilidad establecida por la ley 18.037 frente a la ANSeS. La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada en lo referido a los precedentes citados y la revocó con el alcance fijado en los casos Sánchez y Monzo, ordenando el cumplimiento en el plazo del art. 2° de la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Miguel Eugenio Sciammarella.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales (reajustes varios), en particular la movilidad del haber desde abril de 1995 hasta fines de 2006.
¿Qué se resolvió?
declarar procedente el recurso ordinario del actor y parcialmente procedente el de la demandada; confirmar la sentencia apelada en concordancia con los precedentes "Spitale" y "Flagello"; revocarla con el alcance que surge de "Sánchez" y "Monzo"; ordenar el cumplimiento en el plazo del art. 2° de la ley 26.153; y disponer que la movilidad del período indicado en "Badaro" se practique según el índice allí fijado, salvo que los incrementos por decretos del Poder Ejecutivo arrojen una prestación superior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...el planteo del actor referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037 guarda sustancial analogía con el examinado por el Tribunal en las causas 'Sánchez' y 'Monzo'..."
"...los agravios del titular atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por esta Corte en el precedente 'Badaro'..., sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo..."
"...la tacha de invalidez formulada por el demandante respecto del art. 21 de la ley 24.463, ha sido resuelta por esta Corte en contra de sus pretensiones en la causa 'Flagello'..."
"...las objeciones de las partes relacionadas con los artículos 16, 22 y 23 de la ley 24.463 han devenido abstractas, pues los arts. 16 y 23 han sido derogados por la ley 26.153..."
"...las impugnaciones de la demandada y del jubilado referentes a la tasa pasiva de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente 'Spitale'..."
"...los restantes cuestionamientos de la ANSeS no pueden prosperar pues, al no referirse a aspectos específicos de la sentencia apelada, carecen del requisito de fundamentación."
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Normas que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 16, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 2 · Solidaridad previsional
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