ROVITO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos del actor y de la ANSeS, y revocó la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad de los arts. 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463 en materia de movilidad jubilatoria. La decisión se remitió a los precedentes Schiariti, Iglesias y Perletto, y se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad por falta de gravamen concreto.
¿Quién es el actor?
José Rovito.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales por movilidad.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se declararon procedentes los recursos ordinarios de la parte actora y de la ANSeS, parcialmente procedente el de la administración, y se revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en "Schiariti", "Iglesias" y "Perletto". Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). Se ordenó comunicar a la Procuración del Tesoro (art. 6°, ley 25.344).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Respecto de los agravios del actor sobre movilidad: "carecen de fundamento en lo que se refiere al período anterior al 1° de abril de 1991, ya que sólo expresan una preferencia por un indicador económico diferente al señalado por el juez de grado [...] y confirmado por el a quo". En cuanto al período posterior a la convertibilidad, "las pretensiones expuestas contrarían lo resuelto por mayoría del Tribunal en los precedentes publicados en Fallos: 319:3241 ('Chocobar') y 322:2226 ('Heit Rupp')".
Sobre los planteos de inconstitucionalidad de diversas normas de la ley 24.463: "no demuestran siquiera mínimamente el gravamen concreto y actual que produce al apelante la aplicación de las disposiciones objetadas, por lo que las objeciones esgrimidas carecen de la fundamentación necesaria e impiden su tratamiento".
Sobre los agravios del Ministerio Público y de la ANSeS respecto de la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463: fueron "examinados y resueltos por el Tribunal" en "Schiariti" (Fallos: 323:1861), "Iglesias" y "Perletto", "a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir".
Sobre la pauta de movilidad adoptada por el a quo: los planteos "son sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela')".
¿Cómo votaron los jueces?
el juez Belluscio se remitió a su disidencia en "Chocobar", sin que ello modifique la decisión de mayoría.
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 17, 22, 23, 19, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
Fallos que cita
- ChocobarCSJN · 01/12/1998 · Fallos 319:3241
- Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
- SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
- Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135
- Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
- Perletto, Ricardo Alberto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 05/02/2002
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