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Corte Suprema

GORRITI ROBERTO IVOR c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema revocó las sentencias apeladas en el reclamo de reajuste por movilidad promovido contra la ANSeS y, remitiéndose a los precedentes Schiariti, Iglesias y Arena, declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público. Las costas se impusieron por su orden conforme al art. 21 de la ley 24.463.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1089. XXXVI. ROR
Reajuste por movilidad Anses Seguridad social Haber previsional Ley 24.463 Ley de solidaridad previsional Art. 21 ley 24.463 Inconstitucionalidad arts. 22 y 23 Recurso ordinario Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Roberto Ivor Gorriti (y, en la causa conexa, Jorge Domingo Reggiardo).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y del Ministerio Público y revocó las sentencias apeladas con el alcance fijado en los precedentes citados. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Que los agravios vinculados con el art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en el precedente publicado en Fallos:324:2360 ('Arena'), al que cabe remitirse por razón de brevedad."

"2°) Que las cuestiones relacionadas con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"3°) Que los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

No hay votos en disidencia: la decisión es unánime.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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