JurisprudenciaARG
Corte Suprema

DRAGONETTI ALICIA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema hizo lugar parcialmente a los recursos extraordinarios en reclamos contra el Estado Nacional por la pesificación de depósitos bancarios en dólares y de fondos comunes de inversión. Rechazó la demanda respecto de los fondos comunes de inversión y reconoció a los depositantes el reintegro de sus depósitos con actualización CER más intereses del 4% anual, según el precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 1803. XLI. RHE
Pesificacion Depositos bancarios en dolares Fondos comunes de inversion Ley 25.561 Reintegro de depositos Cer Intereses 4% anual Precedente massa Precedente mata pena Emergencia economica.

¿Quién es el actor?

Alicia Dragonetti y otros actores agrupados en las quejas (titulares de depósitos bancarios y de cuotapartes de fondos comunes de inversión).

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Estado Nacional) y, en lo referido a los depósitos, la entidad bancaria depositaria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos en dólares y de fondos comunes de inversión afectados por las normas de pesificación dictadas a partir de la Ley 25.561 y sus decretos reglamentarios.

¿Qué se resolvió?

se hacen lugar a las quejas, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. En los fondos comunes de inversión se rechaza la demanda (criterio de "Mata Peña"). En los depósitos bancarios se reconoce el derecho de los actores al reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, con deducción de pagos a cuenta, con el límite pecuniario fijado por la cámara y excluyendo los supuestos de canje por bonos o de aplicación a fines específicos. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite a sus precedentes "Massa" (Fallos: 329:5913, sentencia del 27/12/2006), "Piriz" (Fallos: 330:331, voto del juez Fayt, 6/3/2007), "Mata Peña" (11/12/2007) y "Kujarchuk" (K.90.XLIII, 28/8/2007), en razón de brevedad, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Se señala que los textos de esas sentencias se encuentran publicados en la página web del Tribunal.

¿Cómo votaron los jueces?

no se registran en el fallo.

Normas que cita

  • Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Ley 16.986Amparo
  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
  • PirizCSJN · 06/03/2007 · Fallos 330:331
  • Mata PeñaCSJN · 11/12/2007
  • KujarchukCSJN · 28/08/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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