FERRARO ROQUE MARCELINO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO
La Corte Suprema hizo lugar a los recursos extraordinarios de los depositantes contra el Estado Nacional y el Banco Comafi y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció el derecho de los actores a obtener la devolución de sus depósitos en dólares convertidos a pesos a $ 1,40, ajustados por CER más un 4% anual, con imputación de los pagos ya recibidos.
¿Quién es el actor?
Roque Marcelino Ferraro y otros depositantes (causas acumuladas: Bagnasco, Lugones).
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional; el Banco Comafi (como entidad depositaria, sucesora del Scotiabank Quilmes) interviene en los recursos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reintegro de depósitos bancarios en dólares estadounidenses afectados por el régimen de conversión a pesos dispuesto por los decretos 1570/01 y 214/02 (amparo, ley 16.986).
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar a las quejas, declarar procedentes los recursos extraordinarios y dejar sin efecto las sentencias apeladas. En sustitución, se reconoce el derecho de los actores a obtener de la entidad el reintegro del depósito convertido a $ 1,40 por dólar, ajustado por CER y con interés del 4% anual no capitalizable, con los descuentos indicados. Costas de esta instancia en el orden causado; las anteriores se mantienen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal remite a los fundamentos de los precedentes "Massa" (Fallos: 329:5913, 27/12/2006), "Ricci" (R.1673.XLI, 11/09/2007) y "Kujarchuk" (K.90.XLIII, 28/08/2007), por ser las cuestiones sustancialmente análogas. Sostiene que resultan inatendibles los agravios del Banco Comafi sobre la limitación de su responsabilidad respecto de depósitos originados en el Scotiabank Quilmes, de acuerdo con lo señalado en "Ricci". Establece que el reconocimiento del derecho está sujeto al límite pecuniario fijado por la cámara y excluye los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos (cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automotores).
Cita textual clave: "se declara el derecho de los actores a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido en pesos a la relación de $ 1,40 por cada dólar estadounidense, ajustado por el CER hasta el momento de su pago, más la aplicación sobre el monto así obtenido de intereses a la tasa del 4% anual no capitalizable".
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Normas que cita
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Ley 16986Amparo
- Constitución Nacional
- CPCCNarts. 68, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- MassaCSJN · 27/12/2006 · Fallos 329:5913
- Ricci, Herminia Alicia Silverio y otros c/ P.E.N.CSJN · 11/09/2007
- Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN Ley 25.561CSJN · 28/08/2007
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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