RAFTACCO MARIO SEBASTIAN c/ ANSES s/PRESTACIONES VARIAS
La Corte Suprema confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda de jubilación ordinaria promovida por Mario Sebastián Raftacco contra la ANSeS. El Tribunal declaró desierto el recurso de la ANSeS por no refutar los fundamentos de la decisión impugnada y rechazó los restantes planteos del actor por falta de fundamentación adecuada.
¿Quién es el actor?
Mario Sebastián Raftacco.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
obtención del beneficio de jubilación ordinaria (prestaciones varias).
¿Qué se resolvió?
la Corte confirmó la sentencia apelada, que había hecho lugar a la demanda. Declaró abstracto el tratamiento de los planteos sobre los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 (derogada la limitación de recursos por la ley 26.153, sólo corresponde adecuar el plazo para cumplir la condena al previsto en el art. 21). Remitió a precedentes en materia de costas y de tasa pasiva de interés (Fallos: 327:3721, "Spitale"). Rechazó los planteos sin fundamentación adecuada, incluidos los vinculados a las leyes 25.344 y 25.565, y declaró desierto el recurso de la ANSeS porque sus consideraciones genéricas sobre la naturaleza contributiva del sistema y sobre el art. 31 de la ley 18.038 no refutaban los fundamentos fácticos que llevaron al tribunal a apartarse de dicha norma.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el memorial presentado por la ANSeS no refuta los fundamentos que dieron sustento a la decisión impugnada. La recurrente efectúa consideraciones genéricas sobre la naturaleza contributiva del sistema previsional y aduce que la cuestión se halla comprendida en las disposiciones del art. 31 de la ley 18.038, pero se desentiende de los aspectos fácticos que condujeron al tribunal a apartarse de la aplicación de dicha norma, circunstancia que conduce a declarar la deserción del recurso interpuesto."
"Que los restantes planteos del apelante no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación adecuada."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153Solidaridad previsional
- Ley 18.038art. 31 · Jubilaciones y pensiones
- Ley 25.344Emergencia economica-financiera
- Ley 25.565Presupuesto
Fallos que cita
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- Flagello, Vicente c/ ANSeS s/ interrupción de prescripciónCSJN
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