MEDINA LUISA c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA TRABAJADORES AUTONOMOS s/JUBILACION POR EDAD AVANZADA
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario en una causa previsional contra la Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos y dejó sin efecto la sentencia apelada. Lo resolvió por remisión a los precedentes Feyte y Cabrera, por su análoga sustancia.
¿Quién es el actor?
Luisa Medina.
¿A quién se demanda?
Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto transcripto no detalla la pretensión previsional).
¿Qué se resolvió?
Se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada y se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte un nuevo fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la cuestión planteada en autos es sustancialmente análoga a la resuelta por esta Corte en las causas 'Feyte' (Fallos: 325:1027) y C.413.XXXII 'Cabrera, Clementina c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos' con fecha 7 de julio de 1998, a cuyas consideraciones cabe remitirse en razón de brevedad."
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Fallos que cita
- FeyteCSJN · Fallos 325:1027
- Cabrera, Clementina c/ Caja Nacional de Previsión para Trabajadores AutónomosCSJN · 07/07/1998
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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