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Corte Suprema

AQUINO IRENEO c/ MINISTERIO DE DEFENSA - GENDARMERIA NACIONAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor reclamó al Ministerio de Defensa - Gendarmería Nacional el cobro de préstamos, suplementos y haberes vinculados a distintos decretos para personal retirado. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia que había declarado desierta la apelación y admitió parcialmente la demanda respecto del préstamo del decreto 1897/85, rechazándola en cuanto a los suplementos del decreto 2769/93 y a la vinculación salarial del decreto 838/94.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 618. XXXVI. RHE
Recurso extraordinario Exceso de rigor formal Apelacion ordinaria Fundamentacion recursiva Personal retirado de gendarmeria Prestamo decreto 1897/85 Suplementos decreto 2769/93 Decreto 838/94 Naturaleza salarial Derecho adquirido

¿Quién es el actor?

Ireneo Aquino.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Defensa - Gendarmería Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro del préstamo creado por el decreto 1897/85, cómputo de los suplementos creados por el decreto 2769/93 y aplicación de lo dispuesto por el decreto 838/94.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y admitió parcialmente la demanda respecto del cobro del préstamo del decreto 1897/85. Rechazó la demanda en cuanto al cómputo de los suplementos del decreto 2769/93 y a la vinculación salarial del decreto 838/94. Las costas se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Aduce la interesada que su apelación contaba con una crítica suficientemente concreta y razonada del fallo del juez de la causa, especialmente en cuanto a los efectos de la falta de contestación de la demanda (fs. 37)".

"Aun cuando los planteos de la recurrente remiten al examen de cuestiones de índole procesal, tema ajeno como regla y por su naturaleza al recurso extraordinario, ello no es óbice para la procedencia de la vía federal cuando la alzada ponderó con excesivo rigor formal los requisitos de fundamentación exigidos por los arts. 265 y 266 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para la apertura de la apelación ordinaria".

"...sumado a la cantidad de precedentes de esta Corte en casos sustancialmente análogos y al contenido alimentario de los derechos en juego, justifica resolver el sub examine en esta instancia a fin de evitar mayores e injustificados retrasos".

Sobre el préstamo del decreto 1897/85: "al no resultar dudosa su naturaleza salarial debe ser percibido por el personal retirado (Fallos: 312:787; 313:1005 y 316:1749, entre otros muchos)".

Sobre el decreto 838/94: "dicha norma no resulta aplicable al caso pues la ley 23.199, que establecía la vinculación de los haberes del personal militar con el sueldo del Presidente de la Nación, quedó sin efecto al promulgarse la ley 23.697, sin que exista un derecho adquirido al mantenimiento de leyes y reglamentos (Fallos: 267:247)".

Normas que cita

  • Decreto 1897
  • Decreto 2769
  • Decreto 838
  • Ley 23.199
  • Ley 23.697Emergencia economica
  • CPCCNarts. 265, 266 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Fallos 312:787CSJN
  • Fallos 313:1005CSJN
  • Fallos 316:1749CSJN
  • Fallos 323:1048CSJN
  • Fallos 267:247CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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