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Corte Suprema

LUPO SILVIA INES c/ FONDO COMPENSADOR PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS TELEFONICOS s/OTROS RECLAMOS

El actor interpuso recurso extraordinario contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que confirmó la incompetencia del fuero laboral para entender en el caso. La Procuración General dictaminó que la queja debe rechazarse, por tratarse de una resolución sobre competencia que no es sentencia definitiva y no existe denegatoria del fuero federal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 335. XLIV. RHE
Recurso extraordinario Queja Competencia Sentencia definitiva Fuero federal Seguridad social Justicia laboral Denegatoria del recurso Arbitrariedad Procuracion general.

¿Quién es el actor?

Parte que dedujo el recurso extraordinario (no identificada en el texto).

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el dictamen se limita a la cuestión de competencia).

¿Qué se resolvió?

La Procuración General opinó que corresponde rechazar la queja interpuesta contra la denegatoria del recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"V.E. ha dicho, reiteradamente, que los autos que resuelven cuestiones de competencia no constituyen sentencias definitivas a los efectos del recurso extraordinario salvo que exista denegatoria del fuero federal, así como que la ausencia de ese requisito no puede suplirse aunque se invoque la existencia de arbitrariedad o el desconocimiento de garantías constitucionales (Fallos 301:615; 305:502; 306:2101).

En el caso, precisamente, no media denegación de dicho fuero, pues el Tribunal de grado decidió que debía entender en el juicio la Justicia Federal de la Seguridad Social, y tal como esa Corte expresamente lo ha afirmado, no procede este excepcional remedio en los casos que versan sobre el conocimiento y distribución de los juicios entre magistrados de jurisdicción nacional (véase fs. 4, conforme doctrina de Fallos 321:2434).

Por lo expuesto, opino que se debe rechazar la queja interpuesta."

Normas que cita

  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Fallos 301:615CSJN
  • Fallos 305:502CSJN
  • Fallos 306:2101CSJN
  • Fallos 321:2434CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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