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Corte Suprema

LEWIN DE LABEL RAQUEL c/ IÑIGUEZ PERLA VIVIANA Y OTROS s/NULIDAD DE ACTO JURIDICO

El recurso extraordinario planteado en el marco de una acción de nulidad de acto jurídico fue declarado formalmente admisible por la mayoría de la Corte Suprema. El Tribunal dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala G, y ordenó dictar un nuevo fallo, por remisión a los fundamentos del dictamen de la Procuradora Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 554. XLII. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Nulidad de acto juridico Admisibilidad formal Remision al dictamen de la procuradora fiscal Dejar sin efecto Nuevo fallo Costas Art. 280 cpccn Disidencia.

Actora (recurrente): Raquel Lewin de Label, con recurso interpuesto por Héctor Pablo Label, con patrocinio del Dr. Ernesto G. Killner.

¿A quién se demanda?

Perla Viviana Iñiguez y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

nulidad de acto jurídico.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la decisión apelada (sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala G) y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo conforme a lo expresado. Con costas.

¿Cómo votaron los jueces?

las Dras. Highton de Nolasco, Argibay y el Dr. Petracchi, en la queja, consideraron que el recurso extraordinario era inadmisible (art. 280 del CPCCN) y lo desestimaron, dando por perdido el depósito. Esa postura quedó en minoría.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios del apelante han sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite por razón de brevedad." El fallo no desarrolla fundamentos propios, sino que remite al dictamen de la Procuradora Fiscal.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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