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Corte Suprema

BORDOLI HECTOR DANIEL Y OTROS c/ FERROCARRILES METROPOLITANOS S.A. Y OTRO s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja del Estado Nacional y declaró procedente el recurso extraordinario, dejando sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo por remisión a los fundamentos de la causa AEdesur S.A. c/ Estado Nacional sobre el régimen de cancelación de deudas estatales. Las costas se impusieron por su orden por la complejidad de la materia y los sucesivos cambios normativos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 224. XLII. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Cancelacion de deudas estatales Remision a precedente Costas por su orden Estado nacional Ferrocarriles metropolitanos Acordada 47/91 Sentencia laboral Nuevo pronunciamiento

¿Quién es el actor?

Héctor Daniel Bordoli y otros.

¿A quién se demanda?

Ferrocarriles Metropolitanos S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el texto no lo detalla; se trata de un reclamo laboral que llegó por recurso de hecho del Estado Nacional, Ministerio de Economía, por cuestiones vinculadas al régimen de cancelación de deudas estatales).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala I, con devolución para que se dicte un nuevo pronunciamiento. Costas por su orden. Eximición de integrar el depósito diferido (acordada 47/91).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte resultan sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas en la causa E.221.XLI AEdesur S.A. c/ Estado Nacional - Dirección Nacional de Bienes del Estado s/ escrituración, fallada el 25 de noviembre del presente año, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

Sobre las costas: "en atención a la complejidad de la materia en debate y a que los sucesivos cambios normativos sobre el régimen de cancelación de deudas estatales pudieron suscitar dudas sobre la misma (art. 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • AEdesur S.A. c/ Estado Nacional - Dirección Nacional de Bienes del Estado s/ escrituraciónCSJN · 25/11/2008

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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