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Corte Suprema

VAZQUEZ EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Un grupo de jubilados promovió reajustes de sus haberes previsionales contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios del organismo previsional, confirmó las sentencias apeladas y remitió a los precedentes Aguilar y Perletto para resolver los agravios sobre la tasa de intereses y los restantes puntos. Nota sobre el titular: el fallo declara procedentes los recursos de la ANSeS, pero lo que confirma son las sentencias apeladas, que habían hecho lugar a los reajustes. Por eso el resultado de primera instancia se toma como SE HACE LUGAR.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 1280. XXXVIII. ROR
Reajuste de haberes previsionales Anses Tasa de intereses Recurso extraordinario Precedente aguilar Precedente perletto Seguridad social Jubilaciones Costas por su orden Ley 24.463

¿Quién es el actor?

Eduardo Vazquez y otros jubilados (treinta y tantas causas acumuladas: V.1280, A.2183, A.2550, entre otras).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas. Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la ANSeS, referentes a la tasa de intereses, guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ("Aguilar"), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

"Que los restantes agravios del organismo previsional resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por este Tribunal en Fallos: 325:98 ("Perletto"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

No hay votos en disidencia. La sentencia remite a los precedentes citados y no desarrolla argumentos propios.

Normas que cita

Fallos que cita

  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • Fallos 325:1185CSJN
  • Fallos 325:98CSJN

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