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Corte Suprema

OSZLAK HELA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Los actores interpusieron recursos ordinarios contra sentencias de la Cámara Federal de la Seguridad Social que ordenaron nuevos cálculos de sus haberes iniciales y fijaron pautas de movilidad. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos de los actores, declaró desiertos los de la demandada y confirmó las sentencias apeladas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 210. XXXVI. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Haber inicial Ley 24.463 Anses Recurso ordinario Confirmacion Seguridad social Computo de aportes Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Hela Oszlak y otros (los demás actores de las causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social) y, en algunas causas, el INPS - Caja Nacional de Previsión para Trabajadores Autónomos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes de haberes previsionales por movilidad, con nuevos cálculos del haber inicial y delimitación de los períodos sujetos a reajuste.

¿Qué se resolvió?

declarar procedentes los recursos ordinarios de los actores, desiertos los interpuestos por la demandada y confirmar las sentencias apeladas. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "Que los agravios de los actores relacionados con la determinación de sus primeros haberes no guardan relación con lo decidido en cada caso por el a quo, pues se dirigen contra una limitación -a los últimos quince años de aportes- que se habría impuesto en el método de cómputo de aquel monto inicial, aspecto que no se observa en las sentencias apeladas que, sobre el punto, se adecuan a la doctrina fijada en la causa M.427.XXXVI. 'Makler, Simón c/ ANSeS s/ inconstitucionalidad ley 24.463', fallada el 20 de mayo de 2003."

Considerando 3°: "Que deben desestimarse las objeciones de los interesados vinculadas con la validez constitucional del art. 19 de la ley 24.463 y con la movilidad de la prestación, pues sólo expresan discrepancias con el criterio que emana de los precedentes publicados en Fallos: 319:3241 ('Chocobar'), 322:2226 ('Heit Rupp') y 323:555 ('Gonzalez'), sin que se adviertan razones que justifiquen apartarse de la solución adoptada. El juez Belluscio se remite a su disidencia en la causa 'Chocobar' citada."

Considerando 4°: "Que los planteos vinculados con la validez constitucional de los arts. 21, 22 y 23 de la ley 24.463 han sido resueltos contra las pretensiones de los apelantes en los precedentes publicados en Fallos 323:1861 ('Schiariti') y 324:2360 ('Arena'), y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001, cuyas consideraciones se dan por reproducidas."

Considerando 5°: "Que los agravios de la ANSeS resultan sustancialmente análogos a los examinados por esta Corte en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 19, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
  • GonzalezCSJN · Fallos 323:555
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Makler, Simón c/ ANSeS s/ inconstitucionalidad ley 24.463CSJN · 20/05/2003
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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