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Corte Suprema

ROMERO JORGE RICARDO c/ GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS ARIES s/COBRO DE SUMAS DE DINERO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada en el caso Romero c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por remisión a un precedente análogo. Ordenó dictar un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo decidido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 1154. XXXVIII. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Queja Remision a precedente Gobierno de la ciudad de buenos aires Revocacion de sentencia Nuevo pronunciamiento Deposito art. 286 cpccn Acordada 47/91 Fallos 323:3924

¿Quién es el actor?

Jorge Ricardo Romero.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo no lo detalla).

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento. Se exime a la recurrente del depósito del art. 286 del CPCCN, cuyo pago fue diferido según la acordada 47/91.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas en el precedente de Fallos: 323:3924 (voto de la mayoría y concurrente del juez Vázquez), a cuyas conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

No se consignan otros fundamentos propios en la sentencia; la decisión se apoya en la remisión al precedente citado. No se registran votos en disidencia.

Normas que cita

  • Acordada 47
  • CPCCNart. 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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