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Corte Suprema

CALDERARO LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La parte actora y la ANSeS interpusieron recursos ordinarios contra el reajuste de haberes jubilatorios por movilidad fundado en el art. 82 de la ley 18.037 y la prescripción de los reclamos. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos y revocó la sentencia apelada con el alcance fijado en las causas Domínguez y Heit Rupp, por mayoría de sus miembros.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1335. XXXV. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Ley 18.037 Art. 82 Ley 24.463 Convertibilidad Ley 23.928 Prescripcion Confiscatoriedad Recurso ordinario

¿Quién es el actor?

Luis Calderaro (titular del beneficio previsional).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de los haberes jubilatorios por movilidad.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios de ambas partes y revocó la sentencia apelada, con el alcance que surge de los precedentes "Domínguez" y "Heit Rupp". Las costas se impusieron por su orden (art. 21 de la ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...los agravios de la actora relacionados con la prescripción y con la inconstitucionalidad de la ley 21.864 remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las consideradas por el Tribunal en la causa D.37.XXXVII. 'Domínguez, Amparo Carmen c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada el 24 de abril de 2003, a la que corresponde remitir por razón de brevedad."

"...el planteo del titular referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afecta a la movilidad establecida por la ley 18.037, ha sido resuelto por esta Corte en contra de las pretensiones del recurrente en Fallos: 319:3241 ('Chocobar'), sin que se invoquen argumentos novedosos que justifiquen una solución distinta. Los jueces Fayt y Belluscio se remiten a sus disidencias en la citada causa."

"...la tacha de inconstitucionalidad formulada contra la ley de convertibilidad carece de fundamento pues la movilidad de las prestaciones jubilatorias correspondientes al período posterior a la fecha de su vigencia no se rige por sus disposiciones sino por la ley 24.463."

"...las impugnaciones del jubilado referentes al porcentaje de reducción de su haber considerado como no confiscatorio [no son procedentes], ya que el a quo ha resuelto esa cuestión de acuerdo con conocida y antigua doctrina del Tribunal sobre el punto."

"...las objeciones esgrimidas por el organismo previsional han sido examinadas y resueltas en el antecedente de esta Corte publicado en Fallos: 322:2226 ('Heit Rupp'), cuyos argumentos se dan por reproducidos."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Domínguez, Amparo Carmen c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/04/2003
  • Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241

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