CERVIÑO MARIANA EVA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO SOBRE LEY 25561
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional y el Banco Central y revocó la sentencia que había admitido el amparo de la actora contra la ley 25.561 y sus decretos reglamentarios. Remitió a los fundamentos del precedente Galli (Fallos: 328:690) y ordenó dictar un nuevo fallo.
¿Quién es el actor?
Mariana Eva Cerviño, por derecho propio.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional (Estado Nacional), en el marco de la ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo mediante el cual se cuestionaba la pesificación y las consecuencias de la ley 25.561 sobre sus créditos/derechos.
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se revocó la sentencia apelada, las costas se impusieron por su orden por tratarse de una cuestión jurídica novedosa, y las actuaciones vuelven al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa 'Galli' (Fallos: 328:690), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."
"La jueza Argibay se remite, en lo pertinente, a su voto en la causa A.277.XL 'Argarañaz, Noemí Gladys c/ PEN - ley 25.561 dtos. 1570/01 y 214/02 s/ amparo ley 16.986', sentencia del 30 de octubre de 2007."
El fallo no contiene disidencias. La argumentación de fondo se remite íntegramente al precedente citado.
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570/01
- Decreto 214/02
- Ley 16.986Amparo
Fallos que cita
- GalliCSJN · Fallos 328:690
- Argarañaz, Noemí Gladys c/ PEN - ley 25.561 dtos. 1570/01 y 214/02 s/ amparo ley 16.986CSJN · 30/10/2007
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