LACANA JOSE ENRIQUE c/ TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. s/PRUEBA ANTICIPADA
La Corte Suprema admitió la queja y el recurso extraordinario deducido por la demandada Telefónica de Argentina S.A. y revocó la sentencia apelada, con los alcances indicados en el dictamen del Procurador General. La mayoría impuso las costas a la parte actora, mientras que Fayt y Maqueda se pronunciaron en disidencia parcial y lo hicieron sin costas.
¿Quién es el actor?
José Enrique Lacana.
¿A quién se demanda?
Telefónica de Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
no surge del texto de la resolución; la causa se tramitó como recurso de hecho deducido en el proceso principal.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada, con los alcances del dictamen del Procurador General, con costas. Fayt y Maqueda coincidieron en lo sustancial pero votaron sin costas, por no haber existido contestación al traslado del art. 257 CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Esta Corte comparte el dictamen del señor Procurador General y se remite a sus fundamentos y conclusiones por razones de brevedad." La resolución no desarrolla fundamentos propios; los argumentos se encuentran en el dictamen del Procurador General, al que se remite.
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Normas que cita
- CPCCNarts. 68, 257 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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