JurisprudenciaARG
Corte Suprema

VISGARRA JOSE ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario de la ANSeS en un reclamo de reajustes previsionales y revocó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos del precedente Norma Gloria respecto de la pauta de movilidad aplicable al período 1995-1997. Las demás objeciones del recurso fueron declaradas inadmisibles.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 248. XLIII. REX
Movilidad jubilatoria Reajustes previsionales Anses Recurso extraordinario Pauta de movilidad 1995-1997 Precedente norma gloria Admisibilidad Art. 280 cpccn Seguridad social Visgarra.

¿Quién es el actor?

José Antonio Visgarra.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes previsionales (movilidad jubilatoria).

¿Qué se resolvió?

se declara parcialmente procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada, con el alcance que surge del precedente D.1139.XLII.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la ANSeS relacionados con la pauta de movilidad fijada para el período comprendido entre 1995 y 1997 resultan sustancialmente análogos a los analizados y resueltos por el Tribunal en la causa D.1139.XLII AD=Este, Norma Gloria c/ ANSeS s/ reajustes varios, votos concurrentes, fallada con fecha 16 de septiembre de 2008, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad."

"Que las restantes objeciones esgrimidas en el recurso extraordinario son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

El fallo no desarrolla fundamentos propios: la solución se apoya íntegramente en la remisión al precedente citado.

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Norma Gloria c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 16/09/2008

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