GIMENEZ ERNESTO JESUS c/ YACIMIENTOS PETROLIFEROS FISCALES SA Y OTRO Y OTRO s/PART. ACCION. OBRERO
La Corte Suprema hizo lugar a las quejas y declaró parcialmente procedentes los recursos extraordinarios deducidos por YPF en el marco del régimen de consolidación de deudas de la emergencia. Dejó sin efecto las sentencias apeladas y ordenó dictar nuevos pronunciamientos, remitiendo a los fundamentos de la causa Santillán.
¿Quién es el actor?
Ernesto Raúl Giménez (en la causa G.1614.XLI) y Vicente Ángel Grilli (en la causa G.2013.XLI), este último en la otra queja acumulada.
¿A quién se demanda?
Yacimientos Petrolíferos Fiscales SA y otro (en Giménez); Ministerio de Economía (en Grilli).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestionamiento del régimen de consolidación de deudas aplicable a los reclamos contra YPF y el Estado Nacional.
¿Qué se resolvió?
Se hacen lugar a las quejas, se declaran parcialmente procedentes los recursos extraordinarios, se dejan sin efecto las sentencias con el alcance indicado y se devuelven los autos al tribunal de origen para nuevos pronunciamientos. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios dirigidos a cuestionar el régimen de consolidación aplicable resultan sustancialmente análogos a los debatidos y resueltos por esta Corte en la causa S.2178.XLI 'Santillán, Felipe Oscar c/ Y.P.F. Yacimientos Petrolíferos Fiscales y otro', Considerandos 31 y 41, sentencia del 12 de agosto de 2008, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."
"Que los restantes agravios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
La decisión se fundó en lo dictaminado por la Procuración General de la Nación.
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Normas que cita
- CPCCNarts. 280, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Santillán, Felipe Oscar c/ Y.P.F. Yacimientos Petrolíferos Fiscales y otroCSJN · 12/08/2008
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