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Corte Suprema

CAPPUCCINO FRANCISCO ANTONIO Y OTRA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y/O MINISTERIO DE ECONOMIA s/AMPARO LEY 16986 Y MEDIDA CAUTELAR

Ahorristas promovieron amparos contra el Poder Ejecutivo Nacional y el Ministerio de Economía por las restricciones a la disponibilidad de sus depósitos bancarios (corralito). La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de las actoras a obtener el reintegro de sus depósitos según el criterio fijado en el precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 2929. XLII. REX
Amparo Corralito Depositos bancarios Entidades mutuales Restriccion a la disponibilidad de depositos Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Reintegro de depositos Precedente massa

¿Quién es el actor?

Francisco Antonio Cappuccino y otra, junto con los demás ahorristas acumulados en el expediente.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional y/o Ministerio de Economía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo (Ley 16.986) y medida cautelar contra las restricciones a la disponibilidad de depósitos bancarios y en entidades mutuales dispuestas por las normas del corralito (Ley 25.561, Decretos 1570/01 y 214/02).

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas, reconociéndose el derecho de las actoras a obtener el reintegro de sus depósitos en los términos del precedente "Massa". Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado y las de las instancias anteriores se mantuvieron según lo decidido por el tribunal a quo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remitió, por razones de brevedad, a lo resuelto en "Massa" (Fallos: 329:5913) respecto de los depósitos bancarios, con adhesión del juez Fayt a dicho criterio y a lo expuesto en "Piriz" (Fallos: 330:331). Respecto de los depósitos constituidos en entidades mutuales, la mayoría aplicó lo decidido en "Della Ghelfa" (Fallos: 330:2074) y, en consecuencia, el criterio de "Massa". La jueza Argibay se remitió a su disidencia en "Della Ghelfa". Los textos de los precedentes citados se encuentran publicados en la página web del Tribunal.

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