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Corte Suprema

RESTELLI ALBERTO MARIO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró desierto el recurso ordinario de la ANSeS por falta de presentación del memorial y confirmó la sentencia que había reconocido el reajuste por movilidad reclamado por el actor. El Tribunal remitió a sus precedentes Chocobar, Heit Rupp, González, Schiariti y Di Nápoli para resolver los planteos sobre el método y la extensión de la movilidad y la validez de normas de la ley 24.463.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 482. XXXVI. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes Anses Recurso ordinario Desercion del recurso Memorial Ley 24.463 Constitucionalidad Remision a precedentes Costas en el orden causado

¿Quién es el actor?

Alberto Mario Restelli.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

se declaró admisible el recurso ordinario del actor, se declaró desierto el recurso de la demandada y se confirmó la sentencia apelada. Costas en el orden causado (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los planteos del actor relacionados con el método y extensión de la movilidad y con la validez constitucional de diversas normas de la ley 24.463 encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por mayoría del Tribunal en los precedentes publicados en Fallos: 319:3241 ("Chocobar"); 322:2226 ("Heit Rupp"); 323:555 ("González"); 323:1861 ("Schiariti") y en la causa D.79.XXXIV. "Di Nápoli, Concepción c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes varios", fallada con fecha 22 de diciembre de 1998, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitir."

"Que no obstante haberse notificado al organismo administrativo de la providencia que ordenaba poner los autos en secretaría a los fines del art. 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no presentó el memorial exigido por dicha norma, por lo que corresponde declarar la deserción del recurso."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
  • GonzálezCSJN · Fallos 323:555
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Di Nápoli, Concepción c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes variosCSJN · 22/12/1998

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