JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FISCO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES c/ VIGO FRANCISCO A TITULAR ADREMA B1-00378-3 Y QUIEN RESULTE RESPONSABLE s/APREMIO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Fisco de la Provincia de Corrientes en el juicio de apremio contra Francisco A. Vigo y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento. La decisión se adoptó por mayoría, con la disidencia de Lorenzetti y Argibay, quienes habrían desestimado el recurso por inadmisible.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 578. XLIII. REX
Recurso extraordinario Juicio de apremio Fisco provincial Corrientes Sentencia dejada sin efecto Remision a dictamen de procuradora fiscal Admisibilidad Art. 280 cpccn Costas Nuevo pronunciamiento

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Corrientes.

¿A quién se demanda?

Francisco A. Vigo y/o titular.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

juicio de apremio (aprem.) iniciado por el Fisco provincial contra el demandado.

¿Qué se resolvió?

por mayoría de cinco ministros, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, con costas, devolviendo los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento. La Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la Procuradora Fiscal, a los que remite en razón de brevedad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo no desarrolla fundamentos propios; remite en forma expresa al dictamen de la señora Procuradora Fiscal ("Que esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a los que corresponde remitirse en razón de brevedad"). No se transcriben en el texto los argumentos del dictamen.

¿Cómo votaron los jueces?

los Ministros Lorenzetti y Argibay consideraron que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 CPCCN) y lo desestimaron con costas (art. 68 CPCCN).

Intervinieron con anterioridad: Juzgado Civil y Comercial n° 7 de Corrientes y Sala 2 de la Cámara de Apelaciones de Corrientes. Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de Corrientes. Recurrente: Dr. Demetrio Vallejos. Contestación del traslado: Enrique Eduardo Galiana, por derecho propio.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.